lunes, 1 de diciembre de 2014

El debate sobre net neutrality y open internet


El presidente Obama pedía hace unos días a la FCC (el regulador americano de las telecomunicaciones) la creación de las medidas “más estrictas posibles” para proteger la neutralidad de la red. Según Obama, esta normativa debería asegurar a los usuarios un acceso abierto, libre, sin restricciones  y no discriminatorio a los contenidos, aplicaciones y servicios de internet que elijan. Se trataría de evitar una red de “dos velocidades” y de prohibir el bloqueo del acceso de un usuario a un servicio legal, la ralentización la velocidad de acceso y que haya  empresas que reciban un trato privilegiado.


 Más allá del tono dramático del discurso Obama (probablemente provocado porque está en las horas más bajas de su mandato), lo que sorprende un poco es que ponga tanto celo en pedir que se vigilen las conductas de un grupo de empresas (los ISPs), que muy probablemente sean las entidades más reguladas de la cadena de valor de internet,  y se “olvide” lo que hacen otros actores relevantes, que pueden condicionar igual o más la experiencia de los usuarios y el funcionamiento de la red.

Me refiero a conductas como las siguientes: algoritmos de Facebook que deciden sobre la visibilidad y relevancia de los contenidos que se publican en esa red social; la negativa de Youtube a emitir videos de ciertos artistas porque algunas discográficas independientes no han aceptado los nuevos términos de la licencia; la retirada de una aplicación legal (AppgGratis) del Apple Store “porque no cumplía con los términos y condiciones” de dicho marketplace; o las restricciones y retrasos en el envío que imponía Amazon a los libros de la editorial Hachette, como medida de presión para que ésta aceptara la bajada de precios que se le requería la empresa presidida por Bezos.

En todos los casos anteriores se trata de medidas tomadas unilateralmente por empresas con un gran poder de mercado y cuyo beneficio para los usuarios o para el funcionamiento de la red es más bien cuestionable. ¿No sería mejor hablar de open internet en lugar de net neutrality? Si es así se debería poner foco también en las prácticas habituales de buscadores, redes sociales, marketplaces, plataformas de contenidos o grandes tiendas online. Si sólo dirigimos la atención y la regulación hacia los ISPs, esos otros gigantes de la red podrían actuar de espaldas a los usuarios y focalizarse en maximizar sus intereses comerciales.


Este artículo se publicó originalmente en Rincón de la Tecnología el 19 de noviembre.

lunes, 29 de septiembre de 2014

Notes for the removal of the reproduction right

Digital technologies and the Internet have reshaped the way content is created, distributed and accessed. The Infosoc Directive dates back to 2001 where Youtube, Facebook and Spotify did not exist and iTunes was about to turn the music industry on its head. In other words, the current European legal framework comes from the analogue world and it has been stretched to fit into the digital age. 

I guess that if the copyright regulation were drafted from scratch to face today’s concerns, the outcome would differ greatly to the regulation currently in place. Now that the Commission is changing, is a good opportunity to review whether the copyright regulation in place is still ‘fit for purpose’ and provides the best possible environment not only for authors, performers and producers but also for disruptive companies willing to offer innovative online content distribution services and/or ‘value added’ services which rely on use of third party content.

Foto del usuario de Flickr Mark Morgan Trinidad A

In particular, I think that the reproduction right should not remain as a stand-alone right but rather be absorbed into the communication to the public right in digital services. There is no doubt that making copies of copyrighted works is necessary for providing online services but it is also clear that these reproductions are ancillary to the public communication of this content and have no real economic value by themselves. Customers wish to enjoy the content and do not understand the rational of being obliged to pay for the act of copying that adds no value for them.

We´ve all been assuming that the reproduction right has an economic value itself and this was probably true three centuries ago when the Statute of Anne was enacted to deal with the disruption posed by printing . Now the situation is completely different and therefore to avoid the complexity related to the application of two rights to the same act of exploitation and in order to facilitate the clearance of rights, I would advocate for the removal of the reproduction right.

It would also have a positive effect which is to avoid all the endless discussion and complexity regarding private copy levies.

I understand this is something that is difficult to achieve at a European level but may be taken into consideration at WIPO when thinking about the modernization of the international treaties.

lunes, 9 de junio de 2014

Copyright and Innovation

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Last Friday Centro de Estudios Garrigues held a seminar organized by the Copyright, Creativity and Innovation (C2i) Forum, a promising initiative promoted by leading companies such as Google, BRB Internacional, Grupo Planeta and Telefónica.

Keynote speaker was Harvard professor FelixOberholzer-Gee. His speech regarding copyright and innovation was simply brilliant and completely different than the ones we use to listen around here.

Felix´s presentation was all about how do content from media corporations gets noticed and how do they get paid. Companies tend to focus on monetization and his advice is to turn its attention to the discovery part.

He started with New York Times to illustrate how they managed the transition to the online world. With revenues coming from printed copies subscription declining over the years, NYT execs decided to offer an online subscription to their loyal customer with premium content and provide free of charge access to the rest of their content with a limitation of 20 pieces of information per user unless you are coming from a link in Facebook, Google or Twitter.

This experience showed the significant willingness to pay of a certain amount of people even in an environment where virtually every single content may be enjoyed for free. Additionally, he mentioned the need to have a complete vision of company´s P&L statement in an all-digital world which means, among other things not focus only on the revenues but also on the cost side because many of the times this is the part where more can be achieved.  

Next example was Getty and their new policy to give away more than 40 million images with certain limitations, notably to use the tool they provide.

Going back to the media sector, Felix remarked the phenomenal success of Buzzfeed, a “low brand content” site where everything is designed to share the content: reporters are encouraged to create viral stories for users to pass them along to their friends. The idea is to pull traffic to their web and monetize via advertising. This kind of sites are exploring native advertising as a way to shift customer´s perception of the brand and also shared advertising which has proven to be successful.

Regarding mass collaboration, and apart from Wikipedia which is the obvious example, Felix quoted Threadless, the online community of artists of T-shirts, towels, art prints, iphone cases, etc. where anybody can upload his/her design and they are voted. The top ranked will be printed on clothing and sold online and designer will receive money or gift cards.

Customer care was mentioned as well as an activity likely to be effectively performed through mass collaboration.

Finally, he dedicated some minutes to explore mass innovation and mentioned Amazon Mechanical Turk and Innocentive, as productive ways of seizing collective talent to perform tasks or resolve complicated math challenges.  

As a conclusion, we may say that one size doesn´t fit all and every company wishing to perform an optimal transition to an all-digital world will have to find out their own business model.

jueves, 10 de abril de 2014

Implicaciones legales de la impresión en 3D.


La semana pasada participé en el II Congreso de Propiedad Industrial e Intelectual que organizó FIDE con una ponencia sobre cuestiones jurídicas de la impresión en tres dimensiones. A continuación está el resumen de mi intervención.

Hace más de 30 años que Chuck Hull inventó la técnica de impresión en tres dimensiones. En los últimos años la expansión de esta tecnología ha sido imparable. Ahora mismo se usa para fabricar prótesis, robots, zapatos, ropa e incluso comida. Sirva un dato para darnos cuenta de la magnitud del fenómeno: Boeing usa la impresión 3D para fabricar más de 22.000 piezas de sus aviones civiles y militares. Prácticamente cada día aparece publicado una nueva utilidad de la impresión 3D.

El proceso empieza a partir de un archivo digital creado por uno mismo o tomado de uno de los muchos repositorios existentes en internet. Lo característico de esta técnica es que ese diseño digital va “tomando cuerpo” desde abajo hacia arriba, por capas que se van fusionando según salen de la impresora. En cuanto a los materiales, el más típico es el plástico, en sus múltiples variedades, pero también se puede usar metal, papel, chocolate u otros alimentos, en el caso de los dispositivos para comida.

Como podemos ver se trata de máquinas que permiten hacer casi cualquier cosa y todos los estudios apuntan a que tendrá un crecimiento exponencial a medio y largo plazo. De hecho, en los últimos años se han producido varios factores que han contribuido a la difusión de estos dispositivos. Por un lado, las impresoras han ido bajando el precio y mejorando la calidad y usabilidad gradualmente. Ahora es posible comprar impresoras potentes por menos de $1000. Añadido a lo anterior, existen muchas páginas que ponen a disposición de los usuarios un repositorio de archivos digitales listos para imprimir o para modificar (uno de los más conocidos es Thingiverse, que los ofrece bajo licencia Creative Commons).

Como era previsible, los problemas legales no han tardado en aparecer. Por un lado, la oficina de patentes americana (USPTO) ha recibido más de 7000 solicitudes de patentes relacionadas con impresión 3D y la previsible guerra de patentes no ha tardado en surgir. Ahora mismo, dos de las empresas más importantes -Stratasys y Afinia- están enzarzadas en un pleito por infracción de patentes relacionadas con la forma en que se fusionan los materiales.

Hace unos meses salió a la luz que Cody Wilson, un estudiante de derecho americano, había sido capaz de construir una pistola que era capaz de disparar proyectiles haciendo saltar todas las alarmas porque además colgó los planos para que cualquier le pudiera imitar, los cuales fueron descargados más de 100.000 veces.

La piratería es otro de los aspectos más preocupantes de esta nueva tecnología. Gartner estima que provocará pérdidas de más de 100 billones anuales. Lo curioso en este caso es que la piratería va de lo intangible a lo tangible, justo al revés de lo que había ocurrido hasta la fecha con los contenidos musicales y audiovisuales.
 
Otro aspecto relacionado son los escáneres en tres dimensiones, que sirven para escanear objetos o personas y generar archivos digitales que luego pueden ser imprimidos en 3D. Estos dispositivos tienen una problemática jurídica propia relacionada con la intimidad y los derechos de imagen e incluso plantean dudas como por ejemplo si la imagen escaneada puede ser objeto de copyright (parece que la respuesta inicial debería ser negativa puesto que no existe originalidad suficiente para ser protegida por derechos de autor).

Teniendo en cuenta las amenazas que les vienen encima, los negocios potencialmente afectados están trabajando en la estrategia para minimizar el daño. Uno de los sectores más vulnerables es el juguetero. Una de las opciones que podrían tener empresas consolidadas como Lego es licenciar algunos derechos sobre sus muñecos o bloques, de forma que los usuarios pudieran acceder a esos archivos digitales (de forma gratuita, pagando o en modo freemium) para poder imprimir en casa piezas de calidad muy parecida al original. Además, Lego podría establecer en las condiciones generales de licencia el derecho de poder comercializar las mejoras u obras derivadas que puedan haber realizado los usuarios y que sean de su interés.

En cuanto a las propuestas legales, parece claro que antes o después habrá que proceder a controlar y autorizar las impresoras 3D antes de que se comercialicen, así como a regular el escáner 3D y los usos ilícitos de ambos dispositivos.

El tema de la responsabilidad por los fallos de la impresora o del producto impreso también deberían ser objeto de atención por parte del legislador, aunque el caso se complica porque los fallos podrían venir de: a) el fabricante del dispositivo b) el fabricante de los materiales utilizados para la impresión c) el creador del archivo digital que se utiliza y/o d) el usuario final que comercializa los productos imprimidos en casa.

Otro aspecto que se están debatiendo en EEUU y que convendría empezar a analizar aquí es la conveniencia de importar figuras o instituciones de la propiedad intelectual a la propiedad industrial. Sería una de las formas de hacer frente a los enormes desafíos que la impresión en 3D plantea sobre los derechos de patentes y marcas. Me refiero a temas como el fair use, la copia privada, la responsabilidad de los intermediarios por infracciones o el concepto de obra derivada, que en principio parecen alejados de la propiedad intelectual.

De hecho, profesores como Davis Doherty, de la Harvard Law School, están sugiriendo aprobar una Digital Millennium Patent Act y están planteando crear “Inventive Commons”, réplica del Creative Commons, que actue como una gran base de datos de diseños en 3D que no podrían ser patentados y que estarían a disposición del público, para favorecer la creatividad de cualquier persona interesada.

Otras propuestas doctrinales que están sobre la mesa son la de establecer la figura del “inventor independiente inocente” (para infracciones sin dolo) o la fijar un umbral por debajo del cual no existiría vulneración de patentes o marcas.

En cualquier caso, lo que parece claro es que el legislador debe seguir atentamente este fenómeno de la impresión en 3D para regularlo de la forma más adecuada y en el momento oportuno.

lunes, 17 de febrero de 2014

Problemática legal de los contenidos en las redes sociales

Este verano tuve el placer de participar en un MOOC de la Universidad Europea sobre "Derecho y redes sociales", que ha coordinado y dirigido mi amigo @AlexTourino. Era la primera vez que participaba en un curso de este tipo y ha sido una experiencia muy interesante.

Aquí está el link al curso y la charla en la que hablo de la problemática jurídica que presentan los contenidos en las redes sociales.

Se acaba de abrir la inscripción al curso. ¡Os animo a todos a apuntaros!